Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/03/1986
Núm. Acuerdo: 40/1986
Núm. Expediente: 000/86030304
Autor: | Junta Electoral Provincial de Gerona |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Gerona sobre voto de penados internos.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar a la Provincial que no pueden votar en el Referéndum las personas condenadas por sentencia firme a la pena de suspensión del derecho de sufragio mientras dure la condena; queda sobre la mesa la consulta de la misma Junta sobre necesidad de apertura de cuenta corriente electoral.
Descriptores de materia:
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
REGISTRO DE PENADOS Y REBELDES