Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/05/1987
Núm. Acuerdo: 104/1987
Núm. Expediente: 000/87042104
Autor: | Otros |
Objeto:
Consulta de la Sala de Gobierno de la Audiencia Territorial de Barcelona sobre incorporación a la Junta Electoral de Zona de un juez posesionado como tal con posterioridad a la constitución de la Junta.
Acuerdo:
La Junta acuerda que, conforme al art° 15.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, una vez constituídas las Juntas, su mandato se extiende hasta 100 días después de las elecciones, siendo sus miembros (art° 16.1) inamovibles.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Mandato
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES