Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 11/05/1995
Núm. Acuerdo: 672/1995
Núm. Expediente: 251/64
Autor: | Presidente de la Junta Electoral de Zona de Bande (Ourense) |
Objeto:
Consulta sobre alcance del artículo 177 L.O.R.E.G. y sobre Junta Electoral competente para realizar la declaración de inelegibilidad.
Acuerdo:
Comunicar que:
1º. En materia de inelegibilidades procede una interpretación estricta y no extensiva, exigiéndose resolución judicial de expedición de mandamiento de apremio en orden a lo previsto en el artículo 177 L.O.R.E.G.
2º. Una vez proclamadas las candidaturas por las Juntas Electorales cabe únicamente el recurso jurisdiccional contemplado en el artículo 49 L.O.R.E.G.
Descriptores de materia:
INELEGIBILIDAD
RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS