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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 20/04/2001

Núm. Acuerdo: 46/2001

Núm. Expediente: 342/24

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Consulta sobre si cualquier español, domiciliado o no en el País Vasco, puede realizar aportaciones para la campaña electoral de las elecciones al Parlamento Vasco.

Acuerdo:

Conforme a lo previsto en la disposición adicional primera dos de la LOREG, son de aplicación a las elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas, entre otros, los artículos 125 a 130 de dicha LOREG, de los que resulta el derecho de toda persona no extranjera a realizar aportaciones para la financiación electoral de las entidades políticas, en las condiciones fijadas en los artículos 126, 128, 129 y concordantes de dicha Ley Orgánica, por lo que ha de reconocerse tal derecho a realizar aportaciones, en las condiciones aludidas, a todo ciudadano de nacionalidad española.

Poner el presente acuerdo en conocimiento de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Vasco 2001

Descriptores de materia:

FINANCIACIÓN DE FORMACIONES POLÍTICAS

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