Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 27/02/2002
Núm. Acuerdo: 28/2002
Núm. Expediente: 351/860
Autor: | Secretario-Interventor de la Diputación de Guadalajara |
Objeto:
Consultas en relación con renuncia a la Alcaldía de un Concejo Abierto.
Acuerdo:
En relación con las consultas planteadas:
1.- Son inelegibles los Jueces y Fiscales de Paz, de conformidad con el artículo 6.1.h) de la LOREG, por lo que los que deseen ser candidatos deberán renunciar con anterioridad a la presentación de la candidatura.
2.- En caso de no haber candidatos, por la Diputación Provincial se designará un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde del Concejo Abierto.
Descriptores de materia:
ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia
CANDIDATOS - Elegibilidad
CONCEJO ABIERTO