Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general.
desde 04/11/1992 hasta 30/03/1994
Artículo 117
Los recursos judiciales previstos en esta Ley son gratuitos. No obstante procederá la condena en costas a la parte o partes que hayan mantenido posiciones infundadas, salvo que circunstancias excepcionales, valoradas en la resolución que se dicte, motiven su no imposición.