Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general.
desde 01/04/2015 hasta 01/11/2016
SECCIÓN 4.ª
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES
Artículo 1891. A los efectos previstos en el artículo 70.1, las Juntas Electorales competentes en el caso de elecciones municipales son las Juntas Electorales de Zona.
2. Las papeletas electorales destinadas a la elección de Concejales deben tener el contenido expresado en el artículo 172.2.