Ley 4/1983, de 4 de agosto, reguladora del procedimiento de designación de Senadores por el Principado de Asturias
desde 10/08/1983 hasta 29/01/1991
Artículo 5.
El mandato de los. Senadores designados por el Principado de Asturias terminará al finalizar la legislatura de la Junta General del Principado por la que fueron nombrados.
No obstante, el mandato de los Senadores finalizará igualmente en Ios supuestos de término de la legislatura del Senado por cualquiera de las causas establecidas en la Constitución. Constituido el nuevo Senado, la Junta conferirá mandato a las mismas personas que hubieran resultado designadas al inicio de la legislatura.