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Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana

desde 20/10/2018 hasta 21/12/2018

Artículo 175. Resolución del concurso ordinario

Las resoluciones de los concursos ordinarios se efectuarán por las corporaciones locales y las remitirán al órgano competente en materia de administración local de la Comunitat Valenciana quien, previa coordinación de las mismas para evitar la pluralidad simultánea de adjudicaciones a favor de un mismo concursante, procederá a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, dando traslado de la misma al Ministerio de Administraciones Públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y para su inclusión en el Registro de Funcionarios y Funcionarias con habilitación de carácter estatal.

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