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Resolución de 19 de julio de 1996, de la Dirección de la Oficina del Censo Electoral, por la que se aprueban los modelos referidos en la Orden de 24 de abril de 1996 por la que se dictan normas técnicas para la actualización del censo electoral

Versión vigente desde Julio de 1996

Primero.

Aprobar los modelo siguientes:

1. Impresos a utilizar por los Registros Civiles:

a) Modelo para comunicar cambios de nombre, apellidos, sexo, adquisición y pérdida de nacionalidad española (anexo I).

b) Modelo para comunicar las declaraciones de incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio en virtud de sentencia firme o, en su caso, modificaciones de las mismas (anexo II).

2. Impresos de reclamación administrativa al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General:

a) Por los españoles residentes en España, a presentar en los Ayuntamientos (anexo III).

b) Por los españoles residentes en España, a presentar en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral (anexo IV).

c) Por los residentes que viven en el extranjero (anexo V).

Los impresos a utilizar durante los períodos electorales son los que figuran en la Orden de 21 de marzo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 25).

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