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Orden INT/3817/2007, de 21 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio, regulado en el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre

Versión vigente desde diciembre de 2007

Artículo 3. Otras consultas.

Los electores podrán dirigir consultas hasta el día de la celebración del proceso electoral al teléfono gratuito a que se refieren los apartados anteriores, sobre cuestiones relacionadas con el procedimiento de voto accesible regulado en el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre.

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