Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/02/1994
Núm. Acuerdo: 30/1994
Núm. Expediente: 000/94020430
Autor: | Consejo Comarcal del Gironés |
Objeto:
Renuncia a la condición de consejero comarcal y renuncia anticipada de su suplente.
Acuerdo:
1º. Trasladar al representante general Partido Político que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 4, en relación con el apartado 1, de la Ley 6/1987, de 4 de abril, sobre Organización Comarcal de Cataluña, modificada por la Ley 3/1990, de 8 de enero ha de proceder a la designación ante esta Junta Electoral Central de la persona que, ostentando la condición de concejal en alguno de los municipios de la comarca, haya de cubrir la vacante, así como de su o sus suplentes, a tenor de lo que dispone el artículo único del Decreto 12/1988, de 13 de enero de desarrollo de la Ley 6/1987, en orden a la expedición por este órgano de credencial en su favor.
2º. Dar traslado del presente acuerdo al Presidente del Consejo Comarcal.
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Renuncia
CONSEJEROS COMARCALES
CONSEJOS COMARCALES