Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/03/1995
Núm. Acuerdo: 139/1995
Núm. Expediente: 250/4
Autor: | D. Juan Santamaría Robles |
Objeto:
Consulta sobre si podrían ser "impugnados" los votos emitidos por personas empadronadas en un domicilio "en el que tienen su principal interés" pero en el que no viven.
Acuerdo:
Comunicar que tal como dispone el artículo 2 de la LOREG el derecho de sufragio corresponde a los mayores de edad no comprendidos en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 3, y siempre que estén inscritos en el censo electoral vigente, documento autónomo e independiente del padrón de habitantes.
Descriptores de materia:
CENSO ELECTORAL - Irregularidades
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
EMPADRONAMIENTOS IRREGULARES