Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/04/1995
Núm. Acuerdo: 166/1995
Núm. Expediente: 120/25
Autor: | Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña |
Objeto:
Consulta sobre concurrencia de causa de incompatibilidad para el desempeño de los cargos de Vocal Judicial de Junta Electoral Provincial y Vocal de Junta Electoral de Zona de la misma provincia por personas unidas por vínculo matrimonial.
Acuerdo:
Trasladar que no existe incompatibilidad legal, sin perjuicio de los supuestos en que, en revisión de acuerdos de la Junta de Zona u otros equivalentes, pueda proceder la abstención del Vocal de la Junta Provincial, con arreglo a lo dispuesto en la legislación de procedimiento administrativo.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES - Incompatibilidad