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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/12/2005

Núm. Acuerdo: 286/2005

Núm. Expediente: 351/1119

Autor: Presidente de la Junta Vecinal de Tremor de Arriba (León)

Objeto:

Traslado de renuncia de Vocal de la Junta Vecinal y solicitud de expedición de credencial a favor del sustituto.

Acuerdo:

No procede en el presente caso actuación alguna por parte de la Junta Electoral Central teniendo en cuenta que el artículo 59 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla León, establece que los Vocales de la Junta Vecinal serán nombrados por el Alcalde Pedáneo, quien podrá cesarlos en cualquier momento y proceder a un nuevo nombramiento, excepto en el supuesto de que a la alcaldía hubieran concurrido varias candidaturas, en cuyo caso el candidato a Alcalde Pedáneo que hubiera obtenido el segundo lugar en número de votos será proclamado Vocal, siendo sustituido por el suplente de su misma candidatura.

Los nombramientos de referencia deberán ser comunicados al Ayuntamiento para que surtan efecto.

Descriptores de materia:

VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Renuncia

VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Sustitución

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