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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 05/06/2015

Núm. Acuerdo: 331/2015

Núm. Expediente: 333/500

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera (Cádiz)

Objeto:

(75) Recurso interpuesto por Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía contra Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera (Cádiz) resolutorio de reclamaciones contra el acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Olvera.

Acuerdo:

ANTECEDENTES

ÚNICO.- Con fecha 2 de junio de 2015 se ha recibido en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por el representante de Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera de 28 de mayo de 2015, resolutorio de reclamaciones contra el acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Olvera.

FUNDAMENTO DE DERECHO

ÚNICO.- El presente recurso fue presentado ante la Junta Electoral Central, en lugar de ante la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera, el día 2 de junio de 2015. Según acredita la citada Junta Electoral de Zona, el Acuerdo por el que resolvió las reclamaciones presentadas fue notificado a la formación recurrente el 28 de mayo de 2015. En consecuencia, el recurso debe entenderse interpuesto de forma extemporánea por haberse presentado una vez transcurrido holgadamente el plazo de un día previsto en el artículo 108.3 de la LOREG.

ACUERDO

La Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, ha acordado inadmitir a trámite por extemporáneo el recurso de referencia, trasladando a la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera (Cádiz), que deberá realizar la proclamación de electos en el municipio de Olvera conforme al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona. Contra este Acuerdo no cabe recurso, si bien el acuerdo de la Junta Electoral de Zona sobre proclamación de electos puede ser objeto del recurso contencioso-electoral previsto en los artículos 109 y siguientes de la LOREG.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral de Zona a los interesados.

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