Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 02/12/2015
Núm. Acuerdo: 523/2015
Núm. Expediente: 293/632
Autor: | Sra. Representante General de la coalición Democràcia i Llibertat. Convergència. Demòcrates. Regrupament |
Objeto:
Recurso interpuesto por la coalición Democràcia i Llibertat. Convergència. Demòcrates. Regrupament, contra el Plan de Cobertura informativa de la Corporación de RTVE con motivo de las elecciones generales de 2015
Acuerdo:
Desestimar el recurso por cuanto resulta razonable que la participación en el debate de las formaciones Convergència Democrática de Catalunya y Unió Democrática de Catalunya -que formaron un solo grupo parlamentario en el Congreso de los Diputados en la anterior legislatura pero que se presentan ahora separadamente a las elecciones- sea repartiéndose la mitad del tiempo que se asigne a cada grupo parlamentario. Debe tenerse en cuenta que todos los partidos concurrentes a este debate, según informa RTVE, van a disponer del mismo tiempo, con independencia del número de parlamentarios que tengan, por lo que ese mismo criterio debe aplicarse a los dos candidatos que intervengan en representación de las referidas formaciones políticas.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2015
Descriptores de materia:
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA
RECURSOS ADMINISTRATIVOS