Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 02/12/2015
Núm. Acuerdo: 529/2015
Núm. Expediente: 293/638
Autor: | Sr. Representante General de Unión Progreso y Democracia |
Objeto:
Solicitud de que se requiera a Radio Televisión Española y a las emisoras de radio de titularidad pública, informe completo detallado de la cobertura informativa.
Acuerdo:
Los medios de comunicación de titularidad pública tienen la obligación de presentar el Plan de Cobertura informativa de cada proceso electoral, de conformidad con lo dispuesto en la Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011. Así lo ha hecho RTVE en el presente proceso electoral y en esta misma sesión la Junta Electoral Central ha resuelto las reclamaciones y recursos que respecto del mismo han formulado las formaciones políticas interesadas.
Además, dichas formaciones podrán interponer recursos ante la Junta Electoral competente sobre actuaciones concretas y programas emitidos durante el proceso electoral, debiendo plantearlos dentro del plazo de 48 horas desde su emisión.
Por el contrario, excede de las obligaciones de estos medios tener que realizar informes generales como los que se plantean en esta solicitud, por superar lo que razonablemente cabe exigir a estos medios, motivo por el que no procede acceder a lo solicitado.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2015
Descriptores de materia:
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA