Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 02/12/2015
Núm. Acuerdo: 530/2015
Núm. Expediente: 293/639
Autor: | Sr. Representante General de Unión Progreso y Democracia |
Objeto:
Solicitud de que se suspenda la celebración del debate de El País que tendrá lugar el día 30 de noviembre de 2015, a las 21 horas, al confirmarse que El País va a ofrecer la señal a todas las televisiones y medios digitales que quieran emitirlo.
Acuerdo:
Con independencia de que la solicitud haya perdido su objeto por haberse celebrado ya el debate del que se solicita la suspensión, este asunto fue resuelto por la Junta Electoral Central en su Acuerdo de 25 de noviembre de 2015 en que se comunicó a la formación interesada que los medios de prensa no están sujetos a las obligaciones que se establecen en el artículo 66 de la LOREG y en la Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011. Todo ello sin perjuicio de que dicha formación pueda realizar las reclamaciones y los recursos que estime oportunos en relación a los programas emitidos y a las actuaciones concretas que realicen las televisiones privadas que pudieran suponer vulneración de los principios recogidos en el artículo 66 de la LOREG.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2015
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
ENTREVISTAS Y DEBATES
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS