Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 19/11/2020
Núm. Acuerdo: 183/2020
Núm. Expediente: 354/534
Autor: | Sr. Alcalde-Presidente de la Entidad Local Autónoma de Estella del Marqués (Jerez de la Frontera-Cádiz) |
Objeto:
Consulta si es elegible como vocal de una junta vecinal una persona no empadronada en dicha entidad en el momento de las elecciones municipales.
Acuerdo:
Esta Junta entiende que, conforme a lo dispuesto en el artículo 117.2 c) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, la designación de vocales de las juntas vecinales deberá realizarse entre quienes hayan sido electores en las mesas o, en su caso, secciones electorales correspondientes a dicha entidad local autónoma en las últimas elecciones locales.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2019
Descriptores de materia:
SECCIONES ELECTORALES
VOCALES DE JUNTAS VECINALES