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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/12/2017

Núm. Acuerdo: 150/2017

Núm. Expediente: 310/365

Autor: Sr. Representante General de Esquerra Republicana-Catalunya Sí

Objeto:

Consulta sobre el orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central, en el ejercicio de su competencia de unificación de los criterios interpretativos de las Juntas Electorales establecido en el artículo 19.1.f) de la LOREG, en relación al orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

La legislación electoral no establece criterio sobre el orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales. A efectos de establecer un criterio objetivo y uniforme, que pueda ser aplicable en todas las mesas electorales, dicho orden deberá responder al criterio reiteradamente utilizado por las Juntas Electorales consistente en mantener el orden de proclamación de las candidaturas.

De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y remisión a las Juntas Electorales de Zona, a los representantes de las candidaturas proclamadas, al Departamento de la Vicepresidencia y Economía y Hacienda de la Generalidad de Cataluña y a la Dirección General de Política Interior.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2017

Descriptores de materia:

CABINAS DE VOTACIÓN, URNAS

COLEGIOS ELECTORALES - Condiciones

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PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

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