Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 14/12/2017
Núm. Acuerdo: 150/2017
Núm. Expediente: 310/365
Autor: | Sr. Representante General de Esquerra Republicana-Catalunya Sí |
Objeto:
Consulta sobre el orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales.
Acuerdo:
La Junta Electoral Central, en el ejercicio de su competencia de unificación de los criterios interpretativos de las Juntas Electorales establecido en el artículo 19.1.f) de la LOREG, en relación al orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
La legislación electoral no establece criterio sobre el orden de colocación de las papeletas en los colegios electorales. A efectos de establecer un criterio objetivo y uniforme, que pueda ser aplicable en todas las mesas electorales, dicho orden deberá responder al criterio reiteradamente utilizado por las Juntas Electorales consistente en mantener el orden de proclamación de las candidaturas.
De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y remisión a las Juntas Electorales de Zona, a los representantes de las candidaturas proclamadas, al Departamento de la Vicepresidencia y Economía y Hacienda de la Generalidad de Cataluña y a la Dirección General de Política Interior.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento de Cataluña 2017
Descriptores de materia:
CABINAS DE VOTACIÓN, URNAS
COLEGIOS ELECTORALES - Condiciones
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JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES