Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/07/2022
Núm. Acuerdo: 110/2022
Núm. Expediente: 293/1269
Autor: | Sr. Representante General del Partido Jubilados por el Futuro, Dignidad y Democracia. |
Objeto:
Recurso interpuesto por el representante general del Partido de Jubilados por el Futuro, Dignidad y Democracia contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía de 1 de junio de 2022, en relación con los Planes de Cobertura informativa de los medios de comunicación de la RTVA y la RTVE para las elecciones al Parlamento de Andalucía de 19 de junio de 2022.
Acuerdo:
Conforme al artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el incidente de nulidad de actuaciones solo cabe contra resoluciones dictadas por un juzgado o tribunal que hubieran adquirido firmeza.
Como es patente, lo que se pretende impugnar no es una resolución judicial, sino un acuerdo de la Junta Electoral Central, acuerdo que es firme y que según se notificó es susceptible de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Por ello, resulta inadmisible la solicitud realizada.
Por la Junta Electoral de Andalucía se dará traslado de este Acuerdo a los interesados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento de Andalucía 2022
Descriptores de materia:
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA - Irregularidades
RECURSOS ADMINISTRATIVOS