Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Versión vigente desde 23/01/2025
Artículo 137
Por todos los delitos a que se refiere este Capítulo se impondrá, además de la pena señalada en los artículos siguientes, la de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo.
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