Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 12/03/2003 hasta 29/11/2003
Artículo 2
1. El derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad que no estén comprendidos en ninguno de los supuestos previstos en el artículo siguiente.
2. Para su ejercicio es indispensable la inscripción en el censo electoral vigente.