Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos
desde 31/12/2009 hasta 29/03/2010
Segunda. Modificación del artículo 91.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón
El apartado primero del artículo 91 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, queda redactado de la siguiente manera:
«1. Las entidades locales menores que cuenten con una población inferior a 40 habitantes funcionarán con arreglo al régimen de Concejo abierto, conforme a su normativa específica».