Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears
desde 14/07/2017 hasta 31/12/2017
Artículo 117. Cartas de servicios.
En relación con los servicios públicos de competencia municipal y de conformidad con lo que establezca el correspondiente reglamento de la corporación, los ayuntamientos elaborarán cartas de servicios en que se establezcan los derechos de la ciudadanía, así como las obligaciones y responsabilidades concretas que la corporación asuma para garantizar dichos derechos y los niveles de calidad adecuados en la prestación de los servicios correspondientes.