Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria
desde 06/08/1997 hasta 30/12/1998
Artículo 39.
Los actos y acuerdos y las normas reglamentarias emanadas de los órganos ejecutivos y administrativos de la Diputación Regional serán, en todo caso, impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa