Ley 3/1991, de 14 de Marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha
Versión vigente desde 02/12/2012
Artículo 40.
Son potestades y prerrogativas de las Mancomunidades las establecidas en el artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y cualesquiera otras que la legislación les atribuya.