Ley 3/1991, de 14 de Marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha
Versión vigente desde 02/12/2012
Artículo 51.
Funcionan en Régimen de Concejo Abierto:
a) Los Municipios con menos de 100 habitantes.
b) Aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.
c) Aquellos en que la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.