Ley 3/1991, de 14 de Marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha
Versión vigente desde 02/12/2012
Artículo 74.
Los bienes de la Comunidad Autónoma, adscritos a los servicios o funciones delegadas, revertirán a la misma una vez extinguida la delegación.