Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha
desde 02/06/2012 hasta 28/07/2014
Artículo 43.
Por la Junta Electoral Provincial se entregarán copias certificadas del acta de escrutinio general a los representantes de las candidaturas que lo soliciten. Asimismo se expedirán a los electos credenciales de su proclamación. La Junta podrá acordar que dichas certificaciones y credenciales sean remitidas inmediatamente a los interesados a través del representante de la candidatura.