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Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña

desde 16/07/2010 hasta 16/07/2010

Artículo 101. Oposiciones y concursos

1. La Generalitat propone al Gobierno del Estado, al Consejo General del Poder Judicial o al Consejo de Justicia de Cataluña, según corresponda, la convocatoria de oposiciones y concursos para cubrir las plazas vacantes de Magistrados, Jueces y Fiscales en Cataluña.

2. El Consejo de Justicia de Cataluña convoca los concursos para cubrir plazas vacantes de Jueces y Magistrados en Cataluña en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

3. Las pruebas de los concursos y las oposiciones regulados por el presente artículo, cuando se celebren en Cataluña, podrán realizarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales a elección del candidato.

Ver Notas de Modificación

** Declarado inconstitucional y nulo el inciso «o al Consejo de Justicia de Cataluña» del APDO. 2 por STC 31/2010 ( Ver texto)

** Declarado inconstitucional y nulo el inciso «o al Consejo de Justicia de Cataluña» del APDO. 1 por STC 31/2010 ( Ver texto)

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