Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos
Desde 20/01/2006 hasta 14/04/2016
Primera
La Dirección de Estadística del Gobierno Vasco, o en su caso, la Institución que se cree para el desarrollo de las competencias que en materia de estadística reconoce el Estatuto de Autonomía, se ocupará de facilitar las informaciones básicas de carácter estadístico que se precisen para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.