Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos
Versión vigente desde abril 2015
Primera. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se adiciona un nuevo número 6.º al apartado 1 del artículo 61 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con el siguiente contenido: "6.º De los procesos de declaración de ilegalidad y consecuente disolución de los partidos políticos, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos."