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Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

desde 01/01/2018 hasta 21/06/2018

Artículo 49. Patrimonio.

Los consorcios locales pueden tener bienes de dominio público o patrimoniales propios o adscritos por los miembros que integran el consorcio.

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