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Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia

desde 03/07/2002 hasta 17/07/2010

Artículo 21.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el que se integrará la actual Audiencia Territorial es el órgano jurisdiccional en que culminará la organización judicial en su ámbito territorial y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, en los términos del artículo 152 de la Constitución y de acuerdo con el presente Estatuto.

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