Norma Foral, de 30 de julio de 1984, de elección de Regidores y Vocales de los Concejos del Terrritorio Histórico de Álava
Desde 31/03/1995 hasta 05/11/1997
Artículo 16. Escrutinio
Hecho el escrutinio se levantará la oportuna Acta, que contendrá el resultado total de la votación, y en su caso, las incidencias y reclamaciones que se produzcan.
Citada Acta será entregada por la Mesa al delegado de la Junta Electoral en cada Municipio quien a su vez la hará llegar a esta, en la forma que se determine.