Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja
desde 03/07/2002 hasta 17/07/2010
Artículo 42
El Consejo Consultivo de La Rioja es el órgano consultivo superior de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Su composición y funciones se regularán por Ley, la cual garantizará su imparcialidad e independencia.
Ver Notas de Modificación
** Modificado por art. 1.39 de LO 2/1999 ( Ver texto)