Decreto 168/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se determinan las condiciones de los locales y las características de las urnas, papeletas, sobres y demás documentación electoral a utilizar en las elecciones a Les Corts
desde 20/10/2010
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Normativa supletoria1. Respecto de los impresos, sobres y demás documentación electoral, que no figuren entre los regulados en este decreto, se utilizarán los modelos establecidos en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, con las necesarias adaptaciones derivadas del uso del idioma valenciano en los procesos electorales a Les Corts.
2. En todo lo no previsto por este decreto, serán de aplicación las normas contenidas en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, modificado por el Real Decreto 1382/2002, de 20 de diciembre, Orden INT/529/2007, de 8 de marzo, del Ministerio del Interior, Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, Orden INT/3816/2007, de 19 de diciembre, del Ministerio del Interior, y Orden INT/1025/2009, de 28 de abril, del Ministerio del Interior.
Segunda. DesarrolloSe autoriza al conseller o a la consellera con competencias en materia de procesos electorales para dictar los actos y disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de este decreto.
Tercera. Entrada en vigorEste decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 15 de octubre de 2010
El president de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ
El conseller de Gobernación,
SERAFÍN CASTELLANO GÓMEZ