Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
Versión vigente desde Enero 2001
PREÁMBULO
La disposición final primera de la Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que el Gobierno procederá a actualizar y acomodar a lo dispuesto en la misma las normas reglamentarias que continúen vigentes y en particular, entre otros, el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Decreto de 17 de mayo de 1952 , con las modificaciones de que haya sido objeto por disposiciones posteriores.
En cumplimiento de tal mandato se ha procedido a redactar el nuevo Reglamento.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Administración Territorial, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 1986, dispongo: