Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 25/06/2019 hasta 06/07/2021
Artículo 110
Están legitimados para interponer el recurso contencioso electoral o para oponerse a los que se interpongan:
a) Los candidatos proclamados o no proclamados.
b) Los representantes de las candidaturas concurrentes en la circunscripción.
c) Los partidos políticos, asociaciones, federaciones, y coaliciones que hayan presentado candidaturas en la circunscripción.