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Ley Orgánica del Régimen Electoral General

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Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

desde 08/09/2011 hasta 31/03/2015

Artículo 61

La distribución de espacios gratuitos para propaganda electoral se hace atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes.

INSTRUCCIÓN 1/2014, de 10 de abril , de la Junta Electoral Central, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y de delegación en las Juntas Electorales Provinciales de las competencias previstas en el artículo 65.5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en relación con las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014 (BOE núm. 91, de 15 de abril de 2014).

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