Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio
Versión vigente desde Diciembre de 2007
Tercera. Entrada en vigor
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2007.
Juan Carlos R.
El Ministro del Interior,
Alfredo Pérez Rubalcaba.