Real Decreto 557/1993, de 16 de abril, sobre actuación notarial en el procedimiento de emisión del voto por correo
Versión vigente desde Abril de 1993
Artículo 2.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 118.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, las actuaciones de los notarios referidas en el artículo anterior serán gratuitas, estarán exentas del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y se extenderán en papel común.