Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
desde 12/03/2010 hasta 04/11/2010
Artículo 1
1. El Tribunal Constitucional, como intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a la presente Ley Orgánica.
2. Es único en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional.