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Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales

Versión vigente Desde 19/04/2011

Artículo 14. Comunicación sobre buenas prácticas.

Las organizaciones políticas podrán poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Discapacidad las buenas prácticas que en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad hayan hecho efectivas.

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