Junta Electoral Central - Portal

Illes Balears

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

desde 14/07/2017 hasta 31/12/2017

Artículo 26. La gerencia municipal especializada.

Los municipios, para optimizar la gestión de sus recursos y servicios, pueden crear, con el acuerdo previo del pleno que establezca los requisitos mínimos de selección y previa la modificación de la relación de puestos de trabajo, como órgano ejecutivo bajo la dependencia inmediata del alcalde o de la alcaldesa o de un o una teniente de alcalde o de un concejal o una concejala delegados, una o más gerencias municipales especializadas, con funciones delegadas o instrumentales. En cualquier caso las delegaciones de funciones se atenderán a lo que establece la normativa básica.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml