Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco
desde 03/03/2005 hasta 07/01/2016
Artículo 60.
Las Juntas Electorales de Territorio Histórico procederán a la proclamación de candidatos el vigésimo séptimo día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria.