Junta Electoral Central - Portal

Comunitat Valenciana

Logotipo de la Junta Electoral Central

Decreto 8/2019, de 1 de febrero, del Consell, por el que se regulan las características de las papeletas, sobres y demás material electoral a utilizar en las elecciones a las entidades locales menores

Versión vigente desde 13/02/2019

Artículo 2. Sobres de votación

1. Los sobres de votación se ajustarán a las especificaciones técnicas señaladas en el anexo II de este decreto, y serán del mismo color que las papeletas de votación.

2. Los confeccionará la conselleria con competencias en materia de procesos electorales, con el texto en los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de la competencia de las juntas electorales de zona en lo relativo a la verificación del ajuste del contenido del sobre al modelo oficial.

3. Los primeros sobres para la votación por correo los suministrará la conselleria con competencias en materia de procesos electorales a las correspondientes delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

El resto de sobres de votación los facilitará el mismo órgano antes del día de la votación en número suficiente y se pondrán a disposición de la presidencia de las mesas electorales a través de las juntas electorales de zona correspondientes.

Subir