Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 06/07/1998 hasta 11/05/1999
Artículo 173
En las elecciones al Congreso de los Diputados o al Senado, las Juntas Electorales competentes para la realización de todas las operaciones de escrutinio general son las Juntas Electorales Provinciales.